Tras la presentación de una demanda laboral en presencia de los Juzgados o Tribunales competentes, el Juzgado le atinará tramitación conforme a lo previsto en el artículo 81 de la Clase Reguladora de la Jurisdicción Social, donde se regula el trámite procesal de la admisión de la demanda laboral.Cerca de resaltar que el Consultorio Jurídico